18/03709 "Durante"

"La Jornada Escolar"

Actualmente conocemos dos modelos de jornada escolar:

  • Jornada escolar partida: La jornada partida (25 horas) incluye horas lectivas por la mañana y por la tarde; en muchos centros públicos, la jornada es de 9.30 a 12.30 y por la tarde hasta las 16.30, salvo septiembre y junio, meses en que sólo hay clases matutinas.
  • Jornada escolar continua: La jornada continua, implantada sólo en algunas Comunidades Autónomas, concentra todas las clases por la mañana, en horario de 9 a 14.

Sin embargo, sabemos que la Consejeria de Educación de la Junta de Andalucía ha presentado un borrador de la nueva organización del tiempo dentro del espacio escolar Andaluz, así quedaría regulado tanto el calendario como las jornadas escolare de nuestra Comunidad Autónoma. Dentro de este borrador podemos leer lo siguiente:

"Jornada escolar en eduación infantil, educación primaria y educación especial"

  • Durante estas etapas, el horaio lectivo de los alumnos constará de veintico horas semanales, incluyendo las dos horas y medias de recreo, distribuídas de forma gradual en toda unasemana. Además, en los centros que cuente con aula matinal, el tiempotranscurrido entre las siete y media y las nueve de la mañana no presentarán ua actividad reglada.

  • Los alumnos acudirán a los centos de lunes a viernes, encuadrados todos en alguno de los modelo que sepresentan:

a. Jornada lectiva semanal exclusivamente de mañana.

b. Jornada lectiva semanal de cinco sesiones de mañana y dos de tarde.

c. Jornda lectiva semanal de cinco sesiones de mañana y cuatro de
tarde.

  • Advirtiendo además, que las jonadas de mañana siempre comenzarán a las nueve horas, mientras que las de tarde lo harán a las quince horas. Entre las jornadas de mañana y de tarde, debe existir un descanso de almenos dos horas, y en el caso de que el centro cuente con transporte escolar, será el propio centro quién marque dicho descanso.

  • Por último, se pone de manifiesto que, en aquellos centros que implantes una jornada escolar exclusivamente de mañana, tiene la obligación de programan al menos dos tarde de actividades extrascolares.

"Jornada escolar para los restantes niveles educativos"

  • Con respecto al número de horas lectivas, será la legislación vigente de cada nivel quién las estipule. Sin embargo, todos ellos deben asistir al centro escolar de lunes a viernes (ambos inclusives).

  • Así mismo, la selección del modelo de jornada escolar quedará a cargo del propio Consejo Escolar del centro. Después, la Delegación Provincial se encargará de aprobar dicho modelos, el cual no podrá ser modificado hasta qe no transcurran al menos cuatro cursos escolares.

  • Al igual que en los CEIP, los IES que tengan un modelos de jornada lectiva exclusivamente de mañana, se ven en la obligación de presentar actividades extraescolares como mínimo para dos tardes semanales.

  • En educación secundaria obligatoria, se permiten treinta minutos de descanso que el centro puede repartir en uno o varios períodos, sin embargo, no se permite que dentro del horario de estos alumnos queden horas sin clases. Estas, además tendrán una duración predeterminada de una hora, siendo este un hecho modificable por el propio centro.







El órgano colegiado encargado de aprobar el modelo de jornada escolar selecionado por el centro es el Consejo Escolar, en el cual cada uno de sus miembros votará a favor o en contra del mismo, debiéndose aprobar por consenso, esto quiere decir que tendrá que ser aprobado por al menos un tercio de los miembros del Consejo Escolar. Así mismo, habrá que contar con la aprobación de los padres y madres. Sin embargo, el procedimiento de revisión y cambio de modelo debe seguir unos pasos básicos:

  1. Hay que realizar un Proyecto de Modificación de Jornada Escolar, el cual tiene que ser votado y aprobado en consenso.
  2. Este, debe ser presentado al Consejo Escolar durante los mese de abril y mayo del curso anterior.
  3. Una vez el Consejo Escolar aprube el proyecto, se debe hacer una consulta entre los padres.
  4. La propuesta de cambío debe contar con la mayoría absoluta de los votos, en caso contrario, el proyecto será desestimado y el centro continuará con su jornada lectiva actual.
  5. En el caso de que se apruebe dicho cambio, el director del centro debe comunicar el cambio de modelo de jornada escolar a la Delegación Provincial, aportando las actas pertienentes así como el proyecto inicial.
  6. Por último, la Delegación Provincial aprovará el cambio y estipulará (como ya hemos comentado) un período de cuatro cursos escolares, durante el cual este modelo de jornada no podrá volver a ser revisado.



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